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EDITORIAL

Otra traición a la patria de los vendidos legisladores morenistas en contra de todos los mexicanos. Aprobaron la reforma de Claudia Sheinbaum sobre la Ley de Amparo, que dañará muchos procesos. Ninguna ley puede ser en perjuicio de nadie.

 

El juicio de amparo ha sido históricamente una herramienta clave para que ciudadanos y empresas puedan defenderse de decisiones de gobierno que vulneran derechos fundamentales. Ha permitido impugnar clausuras arbitrarias, disposiciones fiscales desproporcionadas, actos regulatorios sin sustento legal, etc.  

 

Su modificación, no solo representa un retroceso constitucional, sino también un deterioro en las condiciones de inversión, especialmente en un contexto global, donde la competencia por atraer capital es feroz. Se quedan sin garantías.

 

Desde 1994, la Suprema Corte había consolidado el Amparo como una herramienta que permitió a comunidades, organizaciones civiles y colectivos promover amparos en defensa de causas de interés público, como el medio ambiente, los derechos indígenas o el patrimonio cultural. Esta evolución dotó al amparo de un carácter transformador, ampliando su alcance más allá de lo individual.

 

La reforma rompe con este avance al exigir que la lesión sea directa, personal, diferenciada y con un beneficio concreto para el promovente. En los hechos, esto supone un regreso al amparo individualista, donde solo quien pueda probar un daño propio tendrá acceso a la justicia constitucional.

 

Las consecuencias son evidentes: comunidades enteras, ONG y actores que han usado el amparo como vía de defensa estratégica quedarán excluidos, imposibilitados de litigar asuntos que afectan a la colectividad, como la deforestación en la selva maya o la afectación de recursos hídricos.

 

Igual de preocupante es la restricción a la suspensión de actos de autoridad, medida cautelar que históricamente ha preservado la materia del juicio y evitado daños irreparables mientras se resuelve el litigio. El nuevo esquema convierte la suspensión en una excepción sujeta a un catálogo de requisitos ambiguos.

 

Esto abre un amplio margen de discrecionalidad judicial para negar suspensiones y deja desprotegidos a particulares y empresas frente a decisiones administrativas. La reforma a la Ley de Amparo va aún más lejos al establecer de manera expresa que la suspensión no procederá cuando pueda “afectarse el interés del Estado”.  Este cambio metodológico es relevante porque equipara el interés estatal con el interés social, otorgándole un peso predominante frente al derecho del particular.

 

El resultado de esta reforma, sin duda, es restringir de forma considerable el acceso efectivo de ciudadanos y empresas a una defensa judicial eficaz.

 

A eso hay que agregar la destrucción del Poder Judicial, y el aumento a 26 impuestos, la mayoría absurdos, con cargo a los ciudadanos, que habremos de apechugar el año próximo. Camino a la dictadura. ¿O todavía hay dudas?


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