

4 de octubre.- Día Mundial de los Animales
Este día promueve la conservación y respeto de todas las especies animales y su bienestar. Una fecha impulsada por la Organización...
En las anteriores apariciones de esta columna abordamos el análisis de lo que es la justicia, de sus diversos tipos y sus campos de aplicación, y finalmente de algunos diferencias que existen entre la administración de la justicia y lo que la gente comúnmente espera de ésta.
Todo sistema judicial es, en el fondo, el resultado de una cierta moral la cual es el conjunto de normas, valores y costumbres que guían el comportamiento de los individuos, distinguiendo entre lo que una sociedad considera bueno y malo, y es preciso señalar que la moral funciona como tal en cierto lugar y momento; para ilustrar lo anterior podríamos citar numerosos ejemplos de moral que en el pasado fueron aceptados como normales, y han cambiado radicalmente al paso de los años, y hoy nos parecerían injustos, absurdos y hasta inmorales. Tenemos así la esclavitud que se extendió desde la antigüedad hasta su abolición definitiva consolidada con la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, la exclusión de las mujeres al derecho al voto que se logró en México hasta1953, la segregación racial o apartheid en Sudáfrica que se abolió hasta 1991, y muchos otros ejemplos de moral ya superados por la Historia.
Para proseguir con nuestro análisis nos enfocaremos en un aspecto fundamental para todo sistema judicial, este es el de la ética judicial. Antes de profundizar en este tema podemos definir a la Ética como la rama de la filosofía que estudia los principios morales y la conducta humana, analizando lo que es bueno, correcto o malo para los individuos y la sociedad, y buscando guiar las acciones hacia el bien común, la felicidad y la perfección. Se ocupa de los sistemas de valores, las normas y las virtudes que rigen el comportamiento, y se puede aplicar de forma general o en ámbitos específicos como la ética de las diversas profesiones universitarias. Dicho en pocas palabras la ética es una reflexión de segundo orden sobre la moral y sus valores.
La ética judicial es la rama de la ética que estudia los principios morales que deben guiar la conducta de los jueces y demás operadores del sistema de justicia, asegurando la imparcialidad, independencia, objetividad, integridad y profesionalismo en sus funciones para construir y mantener la confianza y legitimidad de la justicia. Sus principios, como la independencia y la imparcialidad, son pilares fundamentales que permiten a los jueces tomar decisiones justas y equitativas, sin influencias externas o personales.
Los principios básicos de la ética judicial, que deben regir la conducta del juzgador, incluyen:
Independencia: Capacidad de tomar decisiones sin injerencias externas, de cualquier tipo, incluso dentro del propio Poder Judicial.
Imparcialidad: Actuar sin favoritismos ni prejuicios hacia las partes, asegurando un trato justo y equitativo para todos los involucrados.
Objetividad: Rechazar las influencias de las propias convicciones personales del juzgador, que puedan afectar el resultado de una decisión.
Integridad: Actuar con honestidad, rectitud y un comportamiento ejemplar tanto en su vida profesional como personal.
Profesionalismo y Diligencia: Cumplir los deberes con competencia, dedicación y un alto grado de compromiso con la excelencia.
Responsabilidad y Transparencia: Rendir cuentas de sus acciones y ser transparentes en el ejercicio de sus funciones, contribuyendo a la confianza en el sistema judicial.
Ya que el tema es abundante haremos aquí una pausa para continuar en la próxima aparición de esta columna contrastando estos principios básicos con la realidad de la impartición de la justicia en nuestro país
Como de costumbre deseo a todos un buen fin de semana.
Valente Salazar Díaz
Colaborador
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