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Guardia Nacional ya puede Infraccionar en carretera

  • hace 3 horas
  • 2 min de lectura

Por decreto oficial la Guardia Nacional ya tiene la facultad de multarte y aplicar sanciones si irrumpes el reglamento de tránsito de las carreteras y puentes federales. De este modo, los agentes podrán aplicar desde infracciones hasta amonestaciones tanto escritas como verbales. 

 

De acuerdo con la reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional serán los principales encargados de que este se cumpla en las vías federales. 

 

El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo otorga a la Guardia Nacional facultades de inspeccionar, vigilar y sancionar con rigor las conductas viales de los conductores en las vías federales.

 

De este modo, podrán aplicar sanciones y multas si es que infringen el reglamento de tránsito, que, aunque no son nuevas deben respetarse.

 

Una de las reformas es la tipificación del ‘desacato a la autoridad’ que puede terminar en la detención inmediata, según el artículo 201. (Similar a ultraje a la autoridad). En este se señala que la Guardia nacional procederá a la detención de manera inmediata para después presentar al responsable ante el Ministerio Público. 

 

Entre lo que se considera una oposición están por ejemplo que el conductor se niegue a entregar la licencia de conducir y la tarjeta de circulación o que realice amenazas, insultos o agresiones a los agentes. (Tu palabra contra la mía).

 

En este mismo se detalla la sanción. Consiste en una multa de 40 a 50 veces la cuota diaria de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2026 equivale a 117.31 pesos; es así que esta multa puede rondar de los 4 mil 692.4 pesos hasta los 5 mil 865.5 pesos.


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